
Tribunal Supremo Electoral


PADRÓN ELECTORAL
Juntas Receptoras de Votos
Padrón de Mesa
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El Padrón de Mesa es el listado foliado en el que figura registrada la nómina de electores correspondiente a una respectiva mesa electoral, inscritos en numeración ordenada y progresiva, conforme al número de orden de su empadronamiento.
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El Tribunal Supremo Electoral procede a la división de cada Padrón Electoral Municipal, atendiendo a criterios de residencia, acceso, distancia, seguridad, población y condiciones necesarias para la instalación de las Juntas Receptoras de Votos.
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Para este proceso electoral, se subdividirá el padrón municipal por Circunscripciones Electorales Municipales(CEM), en los mismos aparecerán únicamente los ciudadanos aptos para votar de la CEM respectiva.
Padrón Electoral
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El Padrón Electoral es el registro o listado de personas aptas para votar en determinada elección.
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El Registro de Ciudadanos prepara el Padrón Electoral con base en los datos de inscripción de ciudadanos y lo mantiene actualizado.
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Con los ciudadanos residentes en cada municipio que se hayan inscrito en el Registro de Ciudadanos, se elabora un padrón electoral municipal. Cada padrón electoral municipal se identifica con el código del departamento, del municipio y del núcleo poblacional correspondiente.

Recuerde asegurarse de tener cuidado que el ciudadano firme o coloque su huella digital en la casilla o línea que le corresponde.